El 3 de octubre de 2012 quedó marcado en la historia de Jesús María por la movilización que se generó en la familia de Gendarmería Nacional que salió a las calles al grito de “el sueldo no se toca”.
Personal de la Escuela de Suboficiales y del Móvil 3 de Gendarmería se reunió en la plazoleta San Martín de Jesús María en reclamo por la aplicación de un decreto presidencial que les quitaba todos los beneficios en la remuneración que habían obtenido, mayoritariamente, a través de reclamos judiciales.
A los pocos días de la inédita concentración, comenzaron las primeras medidas. Al entonces sargento ayudante Jorge Aquino le anunciaban que lo pasaban a disponibilidad, una suerte de “limbo” administrativo que sería la previa de la baja de la fuerza. Aquino había sido elegido por sus camaradas como vocero durante el conflicto y fue claro y duro y contundente sobre la situación por la que atravesaban numerosas familias de la Gendarmería.
Por eso, casi en paralelo con las primeras medidas tomadas por Gendarmería en contra de los “insurrectos”, cinco efectivos de la fuerza presentaron una acción de amparo, más una medida cautelar, contra la aplicación del decreto nacional N°1.307, que fue el que modificó sustancialmente el régimen de liquidación de sueldos de los gendarmes. Corría el 12 de octubre de 2012.
Venganza posterior
La fuerza vulneraba con esa medida el derecho a defensa, la igualdad ante la ley, y el principio de inocencia. Entre los dados de baja figuraba quien fuera la abanderada del año anterior en la Escuela. Las resoluciones se limitaban a un simple “copiar y pegar” porque todas contenían idénticas ambigüedades para fundamentar la decisión.
A ninguno de los notificados se les detallaba cuál había sido la acción concreta que había derivado en la baja.
En mayo, la Justicia Federal había hecho lugar a los recursos de amparo interpuestos por quienes habían sido despedidos. Y en junio, el juez Alejandro Sánchez Freytes ordenó a Gendarmería reincorporar a los “despedidos”.
Los amparistas denunciaron que el acto administrativo por el cual se los había desplazado de la fuerza era inválido porque no se fundaba en los requisitos fundamentales previstos en la ley N° 26.394, del Sistema de Justicia Militar.
Únicamente se podía separar a un miembro de las fuerzas si había delito penal de por medio. Las bajas y pases a retiro no tenían motivación de causa y no respetaron el procedimiento legal.
Un final feliz
“No se puede permitir que se abonen sumas en negro, es decir no remunerativas, ni bonificables, que afectan en la cantidad y en la calidad del sueldo”, señaló el juez Sánchez Freytes en el fallo.
El 15 de abril de 2016, también obligaron a Gendarmería a reincorporar a suboficiales que habían sido echados y a darles funciones efectivas dentro de la fuerza.
Cada conquista judicial fue apelada por Gendarmería, a través del Ejecutivo Nacional y del Ministerio del que depende la fuerza, pero se conoció que ya no podrá hacerlo frente a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) porque la Cámara Federal de Córdoba rechazó el recurso extraordinario interpuesto.
La CSJ ratificó que los retiros y las bajas de gendarmes fueron “ilegítimos, ilegales y arbitrarios” con lo que no pueden ver afectada su continuidad en la fuerza ni tampoco ser perjudicados en sus ascensos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario