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Prohibieron el ejercicio público del sacerdocio a Luis Bergliaffa, expárroco de Colonia Caroya, acusado de abuso

Fuente: Periódico Encuentro,  www.periodicoencuentro.org.ar y La Voz del Interior.

Se trata de una sentencia definitiva surgida de un proceso iniciado hace tres años por el Arzobispo de Córdoba, en nombre de la Santa Sede. Ñáñez impulsó la investigación bajo secreto pontificio y en resguardo de la víctima, a pesar de que, hasta ahora, no hubo denuncia en el fuero Penal. La sanción fue confirmada por la Congregación para la Doctrina de la Fe, en segunda instancia.

Tras un largo y doloroso proceso, la Congregación para la Doctrina de la Fe, confirmó recientemente “con certeza moral suficiente” y definitiva, la sanción aplicada por el Arzobispo de Córdoba, Monseñor Carlos Ñáñez, en nombre del mismo Dicasterio Romano a un sacerdote del clero cordobés, Luis Alberto Bergliaffa, acusado de abuso sexual de una menor de edad.
El hecho fue denunciado ante las autoridades eclesiásticas, pero como los delitos de estas características sólo pueden ser denunciados por el agraviado o sus padres o tutores, según establece el artículo 72 del Código Penal de la Nación, la Iglesia no se constituyó en denunciante ante ese fuero judicial, sí lo hizo de acuerdo con la ley de la Iglesia contenida en el Código del Derecho Canónico y las normas particulares procesales.
En un procedimiento canónico, de acuerdo con la política de “tolerancia cero” que para estos casos se aplica desde las reformas establecidas por Benedicto XVI y seguidas por el Papa Francisco, Ñáñez ordenó una inmediata investigación canónica administrativa y la remitió a la Congregación para la Doctrina de la Fe único Tribunal competente para estos delitos que están considerados entre los más graves, junto con los delitos contra los sacramentos.
De este modo, al cabo de la primera investigación que incluyó la recepción de numerosos testimonios –bajo estricto secreto pontificio en resguardo de la integridad de la víctima, de su familia y la buena fama del acusado- se le aplicó, en primer lugar, una medida cautelar de no ejercer el público ministerio.
En efecto, después del proceso penal, la apelación del acusado y la confirmación en segunda instancia por parte de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Bergliaffa tiene prohibido todo ejercicio público del ministerio sacerdotal por 10 años, sin perjuicio de que la sanción canónica pueda agravarse de acuerdo con la conducta que exhiba.
Según las fuentes consultadas, Bergliaffa apeló la sanción que se le había impuesto en primera instancia, pero la Congregación para la Doctrina de la Fe, el Dicasterio Vaticano que interviene en estos casos, confirmó el decreto condenatorio.
El hecho y las instancias del proceso fueron oficializados recientemente por las autoridades del Arzobispado de Córdoba ante el Consejo Presbiteral, del que forman parte los principales colaboradores de Arzobispo, los sacerdotes responsables de las diversas pastorales y los curas que representan a los decanatos de la Arquidiócesis.
El Periódico Encuentro tuvo acceso al breve comunicado y lo difunde ahora con el objetivo de que el Pueblo de Dios se anoticie, no ya del hecho lamentable, doloroso e irreparable por el que -como Iglesia- deberemos hacer penitencia y pedir perdón en esta Cuaresma y durante el inminente Triduo Pascual. Se difunde, más bien, para que se eleve una oración por la víctima y por su familia; y para que quede claro cómo se ha actuado ante la denuncia.
El comunicado: “El pasado 10 de enero del corriente año 2014, la Congregación para la Doctrina de la Fe ha confirmado con certeza moral suficiente, en segunda instancia, la sentencia que ha encontrado culpable al Pbro. Luis Alberto Bergliaffa del delito de abuso sexual de una menor. Por tal motivo, se hace saber, para los fines que hubiere lugar, que al Presbítero antes mencionado se le prohíbe todo ejercicio público del ministerio sacerdotal por 10 años. En Córdoba, a los 14 días del mes de marzo de 2014”.
Esto significa, por ejemplo, que Bergliaffa no podrá dar misa ni celebrar sacramento como bautismos ni matrimonios. Tampoco sería transferido a ningún puesto administrativo. “Todo sacerdote vive del ministerio que ejerce, va a tener que buscar trabajo para proveerse sustento”, indicaron desde el Arzobispado.

Claudio Minoldo

Claudio Minoldo

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